{"id":1815,"date":"2020-08-28T09:46:04","date_gmt":"2020-08-28T15:46:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.roavis.net\/?p=1815"},"modified":"2022-09-09T17:03:32","modified_gmt":"2022-09-09T22:03:32","slug":"apendice-ii-de-cites-entra-en-vigor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/roavis.net\/en\/apendice-ii-de-cites-entra-en-vigor\/","title":{"rendered":"Ap\u00e9ndice II de CITES entra en vigor"},"content":{"rendered":"

La inclusi\u00f3n de especies valiosas de holoturias y cedros en el Ap\u00e9ndice II de CITES entra en vigor<\/h1>\r\n\r\n\r\n\r\n

La inclusi\u00f3n en el Ap\u00e9ndice II de la Convenci\u00f3n sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres de tres especies de holoturias y de las 17 especies de cedros del g\u00e9nero\u00a0Cedrela\u00a0<\/em>de las Am\u00e9ricas entra en vigor hoy.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n

El comercio internacional de estas holoturias y de trozas, madera aserrada, l\u00e1minas de chapa y madera contrachapada de \u00e1rboles de\u00a0Cedrela\u00a0<\/em>se regular\u00e1 y controlar\u00e1 de acuerdo con las disposiciones del Ap\u00e9ndice II de la CITES a partir de ahora.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n

Esto significa que se requerir\u00e1n\u00a0permisos y certificados CITES<\/a>\u00a0para los movimientos internacionales, para atestiguar la legalidad y sostenibilidad de los env\u00edos. En ausencia de estos documentos, los env\u00edos deben incautarse ya que se consideran comercio ilegal.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n

Las transacciones tambi\u00e9n se supervisar\u00e1n y compilar\u00e1n en los informes comerciales anuales de las Partes y se registrar\u00e1n en la\u00a0base de datos de comercio CITES<\/a>.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n

Estas disposiciones entran en vigor despu\u00e9s de un aplazamiento de 12 meses en su implementaci\u00f3n acordado por las Partes cuando aprobaron las inclusiones des estas especies durante la decimoctava reuni\u00f3n de la Conferencia de las Partes (CoP18), en agosto de 2019.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n

El aplazamiento ten\u00eda por objeto permitir que los Estados del \u00e1rea de distribuci\u00f3n de estas especies y los importadores establecieran procedimientos adecuados de gesti\u00f3n, identificaci\u00f3n, seguimiento y de otorgaci\u00f3n de permisos, ya que ambas disposiciones planteaban importantes desaf\u00edos de implementaci\u00f3n que podr\u00edan no haberse cumplido en el per\u00edodo de 90 d\u00edas despu\u00e9s del cual una enmienda a los Ap\u00e9ndices se vuelve legalmente vinculante.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n

Las siguientes especies de holoturias est\u00e1n ahora incluidas en el Ap\u00e9ndice II:<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n